El sistema de protección social en salud de Chile forma parte del sistema de protección social global, el cual busca establecer condiciones de seguridad a las persona, garantizándoles derechos sociales que les permitan finalmente reducir los riesgos en temas como empleo, salud, educación y previsión. Entre sus objetivos planea la búsqueda de condiciones de mayor igualdad y oportunidades de progreso”. La autoridad sanitaria, representada por el Ministerio de Salud, participa del Área de Protección Social del gabinete, que involucra además a los Ministerios de Cultura, Educación, Planificación, Servicio Nacional de la Mujer, Trabajo y Vivienda, y que se encarga de articular y complementar los organismos públicos e impulsar servicios de mayor calidad para la atención de la población que se encuentre en situación de riesgo social. (1,2)
Este sistema se ha hecho bastante complejo, con gran diversidad de de programas y beneficios, y de distintos modos y fuentes especificas de financiamiento.
Su paulatino desarrollo histórico ha estado enmarcado en el desarrollo global de las políticas sociales y de protección y aseguramiento social, lo que a su vez ha sido influido por el énfasis y estrategias políticas y económicas predominantes y el rol que se ha otorgado al Estado en diversos períodos. La gran diversidad de programas refleja además la convivencia y sincretismo de diversos enfoques (incluyendo el de “Estado de bienestar residual”), destacando por un lado la acción estatal para asegurar la respuesta a los derechos universales de la ciudadanía, garantizados por ley (como el caso de del programa universal de vacunas o el sistema GES), y en otro extremo, el aseguramiento específico y privado de riesgos en caso de temas y grupos de población específicos (enfermedad común por ISAPRE, trabajadores por mutuales de seguridad, riesgos de tránsito adicionales cubiertos por aseguradoras). (3-6)
Entre 2001 y 2010, destaca el fortalecimiento y extensión del sistema de protección social en salud (especialmente los grupos más vulnerables y necesitados), mayor aseguramiento al derecho a la salud mediante garantías explícitas exigibles para los ciudadanos (en una serie de patologías priorizadas), y mejoría en la atención y gestión en salud, mejorando la satisfacción usuaria, y con el apoyo de la regulación efectiva para el adecuado aseguramiento y provisión de servicios, hacia una mayor participación, solidaridad y equidad. (1-4)
La protección social en salud se apoya preferentemente en el aseguramiento de aspectos cruciales como prevención, curación y rehabilitación de las enfermedades, los accidentes del trabajo y enfermedades laborales, y los accidentes escolares, destacando:
• Asistencia Médica: incluye la atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria en la prevención, promoción y recuperación de la salud (tratamiento y rehabilitación).
• Prestaciones económicas de enfermedad: corresponde a bienes y servicios aportados en especies y dinero que se aplican a casos como ayuda para lactancia y subsidios por incapacidades temporales.
• Prestaciones por accidente en el trabajo y enfermedad profesional: su objetivo es la protección al trabajador contra los accidentes y enfermedades a los que está expuesto por sus condiciones de trabajo, incluyendo la atención médica necesaria y la protección mediante el pago de una pensión o subsidio mientras esté inhabilitado para el trabajo, o a sus beneficiarios en caso de fallecimiento.
• Prestaciones de maternidad: incluye al conjunto de prestaciones de orden médico y económico que se otorgan por causa de la maternidad.
El aseguramiento global de salud se basa en los regímenes contributivos de Enfermedad Común y de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, que se organizan principalmente en tres sistemas específicos:
• El seguro público, en el Fondo Nacional de Salud, con características de un seguro de reparto. En 2011, cubría a dos tercios de la población (76,2%).
• El sistema ISAPRE (Instituciones de Salud Previsional), que agrupa a 13 entidades privadas que, en su mayoría, operan bajo un régimen de seguro individual. Tiene una cobertura de alrededor del 16,9% de la población (2011).
• El Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas y de Orden, que da cobertura de aseguramiento en salud a los funcionarios de todas las ramas de las fuerzas armadas y de orden, así como a sus familiares, bajo un esquema de seguro de reparto. Su cobertura representa alrededor del 2,4% de la población. (3-6)
Adicionalmente, el sistema de protección social en salud contempla prestaciones universales de prevención y promoción de salud bajo un régimen no contributivo, que incluye una serie de programas y prestaciones de salud pública, entre las cuales destacan:
• Programa Nacional de Alimentación Complementaria (niños, gestantes y adultos mayores).
• Programa Nacional de Inmunizaciones (PNI).
• Programas Básicos de Salud de las Personas.
• Subsidios de Enfermedad y Medicina Curativa.
• Subsidios de Reposo Maternal y Cuidado del Niño.
• Programa de Salud del Niño, de la Mujer, del Adolescente, Salud Cardiovascular y del Adulto Mayor.
• Programa de Gestión de Garantías Explícitas de Salud (GES).
• Programa Oportunidades de Atención y Reducción de Listas de Espera.
• Programa Prestaciones Complejas.
• Reforzamiento de Urgencia y Unidades Críticas.
• Programa Salud Mental.
• Programa de Enfermedades de Transmisión Sexual.
• Programas de Prevención del SIDA.
• Programas de Participación y Prevención de Salud.
• Programa Nacional de Cáncer Cérvico-uterino y de mamas.
• Salud Odontológica.
• Salud de los pueblos indígenas.
• Seguro Catastrófico (SC).
• Seguro Escolar de Accidentes.
• Programa Control de Emisión de Fuentes Fijas.
• Salud Ambiental.
• Inocuidad alimentaria. (4)
También hay prestaciones no contributivas de asistencia médica enfocadas en población vulnerable que son objeto prioritario de algunas políticas de protección social gubernamentales: beneficiarios de subsidios únicos familiares (SUF), pensiones asistenciales de vejez o invalidez (PASIS) y subsidios de cesantía; víctimas de la represión política (PRAIS); discapacitados mentales; migrantes; y población en extrema pobreza. La administración del financiamiento de su aseguramiento recae en el Fondo Nacional de Salud.
De manera complementaria, las contingencias y necesidades en salud derivadas de los accidentes de tránsito están sujetas a un sistema de aseguramiento obligatorio a todos los propietarios de vehículos motorizados del país. Además se cuenta hay una oferta variada adicional de seguros de salud, complementarios y voluntarios, de administración privada. (3-6)
También destaca el desarrollo de la Ley de Acceso Universal con Garantías Explícitas y la Ley de Régimen de Garantías Explícitas de Salud (AUGE-GES), que persigue asegurar acceso oportuno a servicios de calidad en una serie de patologías que cubren más del 70% de carga de enfermedad. (7,8)